El BOE del 27 de Julio de 2023 publica una modificación de la Orden de 26 de Mayo de 1988 sobre ciertos modelos del Registro Civil en la que se aprueba el nuevo modelo 9 bis

El artículo 67 y la disposición adicional cuarta regulan el supuesto del fallecimiento ocurrido con posterioridad a los seis primeros meses de gestación y antes del nacimiento, estableciendo la existencia en el Registro Civil de un archivo, sin efectos jurídicos, para la constancia de los mismos, y recogiendo la posibilidad de que los progenitores otorguen un nombre al nacido sin vida.

La aprobación y entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del registro Civil , permite un avance en la sensibilización jurídica y social de todas las pérdidas gestacionales invisibilizadas y apoya la visibilización de una buena asistencia al duelo y a la salud mental perinatal.

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